Día: 7 julio, 2015

Informe sobre la situación de la dársena pesquera del puerto de Melilla (bandera azul 2015)

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Análisis de aguas portuarias

El Plan hidrológico de Melilla valora la calidad de las aguas tanto superficiales como subterráneas de la demarcación de Aguas de Melilla, entre las que se incluye las del puerto de Melilla (código UE MASp: ES160MSPF417050004).

El Estado de las aguas del puerto de Melilla no presenta un buen estado ecológico en 2015, según consta en la tabla 28 de la memoria de Plan Hidrológico de Melilla (pág. 102).

La Autoridad Portuaria de Melilla está desarrollando un Plan de Vigilancia Ambiental desde el año 2010 en sus aguas, pero a pesar de ello, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG)  mantiene en la revisión actual del PHM la consideración de aguas sin calificar a las aguas del puerto de Melilla.

Por lo tanto, no existen datos objetivos, a criterio de la Confederación Hidrológica del Guadalquivir, para poder calificar el estado ecológico de las aguas portuarias como buenas, ni en ningún otro sentido, en lo que respecta al estado ecológico, o en lo que respecta  al estado químico de las aguas.

 

Incidentes de contaminación

 Existe un aliviadero de aguas residuales, que vierte sus aguas en la propia dársena, que provoca, en casos de lluvias torrenciales la salida de agua sin depurar, ya que la red de aguas residuales y pluviales en Melilla está unificada.

Durante todo el mes de mayo de 2015 se han estado produciendo vertidos de aguas residuales sin depurar con restos flotantes de combustibles. Los vertidos han seguido saliendo, y se mantiene alrededor del aliviadero citado una protección mediante barrera flotante. Una vez comenzada la temporada de playas en Melilla, el pasado 22 de junio el aliviadero seguía vertiendo.

La zona de baño del Club Marítimo de Melilla se mantiene protegida por otra barrera flotante.

Por tanto, concluimos que no es posible otorgar una bandera azul a unas instalaciones que están sufriendo vertidos de aguas residuales y combustibles junto a una zona de baño, ya que han dejado de ser ocasionales, pues se mantienen en los últimos dos meses.

 

 

 

 

Alegaciones al Plan Hidrológico de Melilla

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 pollos gallinula

El pasado 30 de junio terminó el plazo de presentación de alegaciones al Plan Hidrológico de Melilla. Guelaya Ecologistas en acción presentó ocho alegaciones sobre diversos aspectos.

Las alegaciones tratan tanto cuestiones para asegurar el suministro de agua potable, como referentes a contaminación de acuíferos, siendo sin duda la propuesta “estrella” la nº 1, sobre regeneración del Río de Oro y arroyos. Guelaya espera mantener reuniones con la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir sobre la recuperación ambiental del Río de Oro.

Se incluyen alegaciones relacionadas con las aguas costeras, que son incluidas en el Plan hidrológico a raíz de la aplicación de la Directiva Marco de Aguas europea.

En ese sentido las alegaciones se dirigen hacia la necesidad de los estudios de la Patella ferruginea y otras especies, como el Astroides calycularis; los planes de conservación y recuperación de especies en peligro de extinción y vulnerables, que según los ecologistas llevan 5 años de retraso con respecto al margen que la Ley de Patrimonio Natural establecía para su desarrollo por las autoridades ambientales, el desarrollo de los planes técnicos de gestión de las zonas de Especial Conservación y la ampliación del puerto.

 

A continuación se sintetizan las ocho alegaciones:

ALEGACIÓN nº1: Propuesta de re-naturalización del río de Oro y de los cauces de Melilla

Se plantea realizar un proyecto integral en el Rio de Oro aprovechando aguas del terciario de la EDAR, utilizando el agua tanto como caudal ecológico como para recarga del acuífero aluvial, recuperando con vegetación autóctona sus márgenes, al tiempo que se amplía el cauce recuperando el dominio público hidráulico en algunos puntos, disminuyendo la velocidad de las avenidas, y abriendo una senda peatonal-bicicleta para uso social y recreativo.

ALEGACIÓN nº 2: Identificación y estudio de zonas afectadas por especies invasoras:

Adelantar de forma prioritaria los estudios incluidos en el apartado 4.3.5.4: “En el período 2022-2027 está previsto realizar actuaciones relativas a la identificación y estudio de zonas afectadas por especies invasoras. Igualmente está previsto llevar a cabo un análisis sobre la patella ferrugínea”, incluyendo los estudios necesarios para el cumplimiento del Art. 56 de la Ley de Patrimonio Natural (Ley 42/2007) sobre especies en peligro de extinción y vulnerables, así como la inclusión de la Estrategia Nacional de conservación de la Patella ferruginea, que no está incluida en los planes y programas considerados en el anexo 3 de medidas (página 8 a 10 del anexo).

ALEGACIÓN nº 3: Eliminar las acciones de ampliación del puerto del PHM.

No se ha incluido financiación para este proyecto ya que ni siquiera está redactado. Por lo tanto, no se puede asegurar que la Evaluación ambiental sea positiva.

ALEGACIÓN nº 4: Ejecución lo antes posible del emisario submarino para la salida de salmuera.

La salida de salmuera está afectando a especies en peligro de extinción y vulnerables, y no se contempla su ejecución hasta después de 2022, a pesar de que se incluyó en el proyecto técnico inicial de la desalinizadora.

ALEGACIÓN nº 5: Protección y estudio ecosistemas costeros

Incluir las medidas que la autoridad ambiental, la Consejería de Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, va a destinar en los próximos años a la conservación de la biodiversidad de hábitat y especies acuáticas, ya que en el programa de medidas no figura ninguna iniciativa de la Consejería, especialmente en respuesta los requerimientos de la Ley de Patrimonio Natural sobre especies en peligro de extinción y vulnerables, y del plan técnico de gestión de recursos naturales aprobados en la Asamblea de Melilla.

ALEGACIÓN nº 6: Ahorro de agua, eficiencia, y lucha contra las fugas

Incluir en las medidas financiación para el desarrollo de un conjunto de medidas encaminadas al ahorro de agua por parte de los usuarios, el uso eficiente por parte de los organismos públicos, tanto por iniciativas de sensibilización, formación y educación, como tarifas progresivas que castiguen el despilfarro.

ALEGACIÓN nº 7: Utilización de agua para riego de parques y jardines y uso  agrícola.

Debe evaluarse la contaminación difusa provocada por la actividad agrícola y ganadera, y regular el uso de agua.

ALEGACIÓN nº 8: Asegurar el suministro de agua a la población

Debe asegurarse el suministro de agua potable a la población en casos de fuertes vientos de levante al menos durante 3 días mediante la mejora de la ETAP y/o la construcción de un nuevo depósito.